Fondo Concursable OUA 2021
Actividad | Inicio | Término |
Publicación de bases | 12/03/2021 | |
Período consultas | 12/03/2021 | 05/04/2021 |
Respuesta a consultas | 12/03/2021 | 12/04/2021 |
Postulación física (solo Grupo B) | 12/04/2021 | 30/04/2021 |
Postulación online (www.fondos.gob.cl) | 12/04/2021 | 30/04/2021 |
Revisión y adjudicación | Mayo | Junio |
Generación de convenios y traspaso de fondos | Julio | Agosto |
Portal de Postulación
Bases y modificaciones
Principales cambios
- Se permite la postulación de Comunidades de Agua no constituidas, exclusivamente para presentar proyectos que permitan avanzar en su proceso de constitución y registro
- Se permite la postulación de Comunidades Indigenas en proyectos con el objetivo del fondo
Fondo OUA 2020
Preguntas frecuentes
Sus comentarios son correctos, puede haber un objetivo general y objetivos específicos, que bien podrían estar en los productos que más abajo se mencionan.
Para precisar y complementar, rogamos tener en consideración que en el ejemplo uno, se está financiado directamente una capacitación, eso no es parte de las líneas permitidas por el fondo, si sería financiable una asesoría para regularizar a los miembros que incluya una capacitación, para actualizar este trabajo en el futuro.
Ambos deben presentarse en el proceso de revisión de la postulación, siendo la diferencia que los obligatorios deben adjuntarse al momento de postulación o en su defecto la postulación será no admitida. En los antecedentes de carácter complementario si no se incluyen con la postulación, pueden ser solicitados posteriormente en la etapa de revisión para verificar la coherencia del proyecto, lo que se puntúa según el punto 3.5.1 Parámetros de selección. letra a) Calidad de la propuesta.
Las dos cotizaciones pueden ser de productos equivalentes de similares características, sin embargo, cuando se realice el desglose del presupuesto de los productos a adquirir debe entregarse el detalle de acuerdo a lo indicado en el anexo N° 1.
Aplica a todos los proyectos de la Organización de Usuarios de Agua bonificados por la Ley N° 18.450, independiente del año de bonificación.
La OUA que se encuentra debidamente inscrita en el Conservador de Bienes Raíces (independiente de no tener RUT al momento de la postulación) puede postular al Grupo A.
Si se postula “equipamiento para implementar una oficina”, la OUA debe contar con el espacio para su implementación, este lugar debe ser acreditado mediante, propiedad, arriendo, comodato, o alguna figura reconocida, con la condición de que este sitio y el inmobiliario sea para el uso exclusivo de la OUA.
La OUA puede postular al grupo A si cumple con la condición de estar inscrita en el CBR y/o en el Catastro Público de Aguas de la Dirección General de Aguas, independiente de la condición legal de los miembros de esta organización.
Si se puede, siempre que sean coherentes con el objetivo del proyecto y su impacto.
Las condiciones descritas corresponden al Grupo A del fondo (organizaciones constituidas), para el Grupo B (Comunidades en proceso de constitución) el proyecto debe ser presentado por:
1) Mandatario (s) especialmente designado en Acta de Asamblea, presentando acta reducida a escritura pública donde conste la autorización para postular al Fondo. El acta debe contener lo indicado en el Anexo N°2 (Formato de Asamblea) o;
2) El representante de la Comunidad de Aguas, certificado por declaración jurada. En este caso la postulación deberá ser ratificada por los comuneros en la próxima Reunión de Comuneros y deberá presentar el acta reducida a escritura pública.
Entendemos las dificultades que existen actualmente para la realización de las Asambleas o Reuniones por lo que se da la posibilidad que postule un representante certificado por declaración jurada, lo que luego deberá ser ratificado por los comuneros en la próxima Reunión cuando las condiciones sanitarias lo permitan.