Endoso Electrónico

Endoso Electrónico

Endoso Electrónico Ley:

 

Endoso Electrónico

Programa de Pequeña Agricultura:

Descripción:

Este trámite, permite a las personas beneficiarias de la Ley Nº18.450 endosar (traspasar) el certificado de bonificación, en el cual conste la adjudicación. De esta forma, la persona destinataria adquiere la titularidad del crédito de bonificación, con los mismos derechos que tenía el beneficiario inicial.

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web de Comisión Nacional de Riego (CNR).

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¿A quién va dirigido?

Personas beneficiarias de la Ley que fomenta la inversión privada en obras de riego y drenaje, que obtuvieron certificado de bonificación.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • ClaveÚnica de la persona beneficiaria.
  • Certificado de bonificación de riego y drenaje.

¿Qué vigencia tiene?

Hasta que la bonificación se encuentre vigente o sea pagada.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

  1. Haga clic en «ir al trámite en línea».
  2. En «endosos bonos Ley 18.450», haga clic en «iniciar con clave única».
  3. Ingrese RUN y ClaveÚnica de la persona beneciaria, y luego haga clic en «autenticar». Si no tiene ClaveÚnica, solicítela.
  4. Ingrese el número bono, y haga clic en «busca bono».
  5. Complete los datos solicitados, y haga clic en «aceptar el endoso de la bonificación».

Marco Legal:

Ley Nº 18.450 sobre fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje y sus bases de concurso.

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Descripción:

Todos los beneficiarios de los programas de pequeña agricultura de Ley Nº18.450 o Concursos Convenio CNR-GORE, que no cuenten con Clave Única y tengan dificultad para obtenerla, podrán realizar el primer endoso electrónico de manera presencial en las oficinas de la CNR o DOH de su región respectiva.

Este trámite permitirá a las personas beneficiarias de la bonificación, endosar (traspasar el dominio) el certificado de bonificación, en el cual conste la adjudicación. De esta forma, la persona destinataria adquiere la titularidad del crédito de bonificación, con los mismos derechos que tenía el beneficiario inicial.

Recuerde que para realizar este trámite deberá, coordinarse con la oficina respectiva de CNR o DOH y llevar los siguientes documentos:

  1. Cédula de identidad vigente del endosante y el endosatario.
  2. Si va en representación de una persona jurídica, debe llevar poder simple del representante.

Vigencia: 

Hasta que la bonificación se encuentre vigente o ingresa al área de Acreditación para su pago.

¿A quién va dirigido?

A los beneficiarios de la Ley Nº 18.450 que obtuvieron un Certificado de Bonificación al Riego y Drenaje y no tengan clave única donde puede ser realizado mayormente mediante el canal digital, sin embargo, por su naturaleza o requisitos establecidos en la regulación

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Haber obtenido un Certificado de Bonificación al Riego y Drenaje (CBRD) de la ley Nº18.450.

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo por parte de la CNR.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

A través del botón «Gestión de Bonos/endoso electrónico bono/ir al Trámite de la página web de la CNR: www.cnr.gob.cl, o directamente en https://cnr.cerofilas.gob.cl

Marco legal

La Ley Nº18.450, en su artículo 9, y en Reglamento de la ley Nº18.450, en su artículo 27, además de las normas jurídicas respectivas.

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