MINAGRI | INDAP | SAG | CONAF | FIA | INIA | INFOR | CIREN | FUCOA | ODEPA

logo

Menú Principal

Fondo Concursable OUA 2023

Revisa aquí las bases del FOUA 2023

Revisa aquí la resolución Nº1130 que modifica las bases FOUA 2023

FOUA 2023

 

¿Qué es el FOUA?

  • Instrumento de apoyo a las OUA creado por la CNR en 2019.
  • Su objetivo es financiar proyectos formulados por y para OUA, para que fortalezcan su capacidad de gestión o que solucionen problemas asociados a escasez hídrica relativos al riego.
  • La organización identifica una necesidad o problema y los medios que requiere para resolverla, y propone un proyecto para adquirir activos o contratar asesorías.
  • Se financian proyectos de hasta máximo 6 millones. 
  • Se orienta a Organizaciones de usuarios de aguas, se amplió a comunidades agrícolas, indígenas y cooperativas de riego.

¿A quién está dirigido?

  • Organizaciones de usuarios de aguas constituidas inscritas en registro de organizaciones de DGA o en CBR.
    • Juntas de vigilancia.
    • Asociaciones de canalistas.
    • Comunidades de aguas.
    • Comunidades de drenaje.
  • Comunidades indígenas inscritas en CONADI.
  • Comunidades agrícolas.
  • Cooperativa de riego.

¿Qué financia?

  • Adquisición de activos
    • Equipos que mejoren el control de la distribución de aguas (equipos de aforo, software, drones, motocicletas, bicicletas, etc.).
    • Equipos para mejorar las sedes de las organizaciones (container, equipos computacionales, equipamiento de oficina, equipos de sonido, paneles fotovoltaicos, etc).
    • Equipos para mantención de canales (betoneras, equipamiento para limpieza de canal).
  • Asesorías puntuales
    • Técnicas.
    • Administrativas.
    • Legales.

Novedades 2023

  • Se incluye comunidades agrícolas y cooperativas de riego. 
  • Se elimina letra de cambio como garantía. Se solicita 10% garantía real.
  • Representantes de la organización (a quien se le da poder de representación) debe ser del directorio de la OUA.
  • Postulación enero- abril, apertura mayo. Inicio convenio agosto. Plazo ejecución: 4 meses.
  • Restricción de postular a organizaciones que no realicen cierre de los proyectos adjudicados.
  • Se agrega nuevos parámetros: ubicación en cuencas hidrográficas priorizadas y sostenibilidad.
  • Proyectos de activos:
    • Se elimina compra de herramientas y vestuario que correspondan a gastos normales por mantención.
    • Organización debe demostrar que tiene sede o lugar propio para almacenar activos.
    • Mantención de los activos por 2 años después de cerrado el convenio, manteniendo la posibilidad de hacer seguimiento por parte de la CNR.
    • Licencia de conducir para compra de motocicletas y certificación para operación de dron y registro de dron en DGA.
    • Activos deben ser nuevos, excepto container, que pueden ser reciclados.
  • Proyectos de Asesorías
    • Se elimina asesorías legales que incluyan trámites con CBR, DGA, poder judicial y otros.
    • Se puede ejecutar estudios técnicos de perfiles de proyectos. La OUA debe justificar que el proyecto no es postulable a Ley 18450.

¿Cómo se postula?

  • Los proyectos deben presentarse en fondos.gob.cl
  • Debe postular un representante de la OUA perteneciente a la directiva. Requiere clave única.
  • Debe llenar los formularios y postular.

Plazos

Cronograma Fecha
Difusión Feb – Abr 23
Publicación de bases Feb 23
Postulación Sistema www.fondos.gob.cl Feb 23 – 04 Abril 23
Revisión y adjudicación Abr 23
Generación de convenios y traspaso de fondos Abr – Jun 23
Adjudicación de proyectos  Jul 23
Ejecución proyectos Jul – Nov 23

¿Cómo se evaluará?

  • Calidad de la propuesta: (60 puntos).
    • Coherencia.
    • Impacto.
    • presupuesto.
  • Composición de los usuarios (10 puntos). 
  • Nivel de participación en la Ley 18.450 (10 puntos).
  • Ubicación en cuencas hidrográficas prioritarias (15 puntos).
  • Sostenibilidad (05 puntos).

 

Revisa aquí el paso a paso de la postulación, ejemplos y proceso para ejecutar los proyectos.

 

Preguntas frecuentes

Me gustaría saber si para poder presentarse a dicho concurso sirve el acta de Asamblea que le adjunto, ya que generalmente nosotros realizamos la Asamblea General en mayo. La asamblea que adjunto es del año pasado, ahora bien si no sirve esta se puede hacer una asamblea de directorio para que este autorice al Presidente para poder presentarse a dicho concurso

Para efectos de la postulación se podrá presentar acta simple de asamblea ordinaria, extraordinaria o de directorio donde se acuerde postular al fondo y designe el miembro del directorio que será responsable de la ejecución del proyecto. Una vez adjudicado el proyecto y previo a la firma del convenio, se deberá acompañar el acta de la asamblea ordinaria o extraordinaria reducida a escritura pública que ratifique la postulación del proyecto y el miembro del directorio responsable de su ejecución.

Bases 2.3. ¿Es posible saber si ya están definidas las cuencas hidrográficas priorizadas

Las cuencas hidrográficas priorizadas corresponden a aquellas cuencas en que se estén implementando experiencias piloto de Consejo de Cuenca según lo dispuesto por el Comité Interministerial de Transición Hídrica Justa:
Arica y Parinacota: Vitor-Codpa; Tarapacá: Pampa del Tamarugal; Antofagasta: Salar de Atacama; Atacama: Huasco; Coquimbo: Choapa; Valparaíso: Ligua; Metropolitana: Maipo; O'Higgins: Rapel; Maule: Maule; Ñuble: Itata; Biobío: Biobío; La Araucanía: Toltén; Los Ríos ; Valdivia; Los Lagos: Maullín; Aysén: Aysén; Magallanes: Seno Andrew y Río Hollemberg

Bases 2.4.1. ¿Se puede presentar un acta del directorio reducida a escritura pública en dónde se defina la postulación a este fondo y la designación del responsable? ¿O es necesario hacer una asamblea para la designación y/o para la ratificación?

Para efectos de la postulación se podrá presentar acta simple de asamblea ordinaria, extraordinaria o de directorio donde se acuerde postular al fondo y designe el miembro de directorio que será responsable de la ejecución del proyecto. Una vez adjudicado el proyecto y previo a la firma del convenio, se deberá acompañar el acta de la asamblea ordinaria o extraordinaria reducida a escritura pública que ratifique la postulación del proyecto y el miembro del directorio responsable de su ejecución.

Bases 2.4.2 b. ¿Basta tener una cotización por activo o es necesario tener más de una?

Sólo se exige una cotización por cada activo o contratación de asesoría solicitada, como antecedente complementario.

Bases 2.6.2. - Si no tenemos sede con bodega segura para almacenar los activos; ¿se puede presentar un contrato de arriendo de una bodega de uno de los comuneros? Tenemos un bien común, pero éste no posee una construcción cerrada y segura. ¿Puede una OUA presentar como sede, el arriendo de una bodega a otra OUA u otra organización? Nuestra intención es solicitar fondos para la compra de container. Esta sería la sede de la junta de Vigilancia, sede que será utilizada por cada OUA que la conforman.

La organización debe demostrar que posee una sede o lugar comunitario donde almacenar y proteger los activos incluidos en el proyecto, distinto a una casa particular. En caso de que no lo posea, la organización debe asegurar que tiene acceso a un lugar resguardado, ya sea a través de un contrato autorizado ante notario de comodato, arriendo u otro. Se declararán no admitidos los proyectos que no acrediten dicho requisito.

Para los activos cómo computadores y motos, ¿es necesario incluir una capacitación como medio de verificación? - Será posible solicitar que nos aclaren a que se refieren con medios de verificación de los activos.

En caso de compra de activos, en especial de equipos que incorporen tecnología, se debe incluir capacitación en el uso, operación y mantenimiento de estos equipos. Los medios de verificación de estas capacitaciones corresponden a listados de asistencias, fotografías de la capacitación y facturas.

Es posible que el nombre del chofer cambie una vez obtenido los fondos. Obviamente que si eso sucede enviaríamos los datos correspondientes.

El proyecto debe identificar quién conducirá la motocicleta y presentar licencia clase C. Los activos serán entregados a la organización para su uso una vez terminado el proyecto y cerrado el convenio. En ese momento, la organización es la responsable de definir quién opera el activo.

En caso de compra de dron, ¿es necesario enviar los datos de la o las personas que lo manejarán?

Al momento de la ejecución del proyecto se solicitará la presentación de declaración de responsabilidad solidaria, en la que se identifica la persona que manejará el dron.

Bases 2.7 - ¿Orilladoras y desbrozadoras son consideradas equipamiento o herramientas? Nosotros entendemos que son equipamiento. Por favor nos gustaría que nos lo confirmen.

El fondo busca mejorar la gestión de las organizaciones y no financiar gastos normales que deben realizar en forma permanente, por lo que no se financiarán herramientas, consideradas como instrumentos de trabajo. Sin embargo, las orilladoras y desbrozadoras se consideran como equipamiento para mantención de canales, por lo que se pueden incluir en el proyecto.

Mi consulta es porque me gustaría desarrollar una maquina que extraiga la basura de las aguas de mi canal. En mi canal existen problemas con la basura (palos, ramas, botellas, latas de cerveza, nylon, etc) ya que tapan los sifones, se atasca en los puentes de los vecinos, llega a los campos y el ganado se las comen, etc. He intentado buscar alguna empresa que venda una maquina para sacar la basura de las aguas del canal pero no he encontrado; asi que mi idea es intentar copiar el diseño de las maquinas usadas en las plantas de aguas servidas. Como dicha maquina se trataría de una innovacion (made in Chile), existen posibilidades ciertas que el diseño falle; asi que la pregunta es: en el caso que la maquina falle ¿se obligara a la OUA a restituir el dinero que entrego la CNR?

No se pueden presentar obras que son bonificables por la Ley de Riego. Las trampas de basura son obras o equipos que permiten prevenir o mitigar la contaminación de agua de riego y están consideradas en los "concursos de calidad de aguas" de la Ley 18.450. Este tipo de proyecto no se puede financiar con el FOUA. Se recomienda postular al concurso 28-2023 de la Ley 18450 "Concurso de Calidad de Aguas", cuyas bases se publicarán el 28 de septiembre y tiene plazo de postulación hasta el 09 de noviembre. Como referencia puede consultar las bases de concurso 19-2022 de calidad de aguas de Ley 18.450 disponibles en https://www.cnr.gob.cl/agricultores/concursos-de-riego-y-drenaje/bases-de-concurso/

Podemos considerar comprar molinete para medir caudal?

Los molinetes, medidores de caudal o equipos de aforo están considerados como equipos que mejoran el control de distribución de aguas, por lo que son financiados por el FOUA

Podemos comprar aforador permanente para instalarlo en bocatoma y cumplir así con la Ley. ambos habría que considerarlos como "activos no financieros"?

No se pueden presentar obras que son bonificables por la Ley de Riego. La construcción de un aforador permanente es una obra de riego financiable por la Ley 18450, por lo se rechazará su postulación al FOUA, según lo que indica el punto 2.7

En el caso nuestro, en la junta general pasada (abril 2022) se dejó establecido el acuerdo para postular a estos fondos; ¿¿¿es necesario subir el acta completa, o solo la parte del acuerdo??? acta que esta reducida a escritura publica.

Para efectos de la postulación se podrá presentar acta simple de asamblea ordinaria, extraordinaria o de directorio, donde se acuerde postular al fondo y designe el miembro de directorio que será responsable de la ejecución del proyecto. Una vez adjudicado el proyecto y previo a la firma del convenio, se deberá acompañar el acta de la asamblea ordinaria o extraordinaria reducida a escritura pública que ratifique la postulación del proyecto y el miembro del directorio responsable de su ejecución.

La vigencia del Conservador de Bienes Raíces, basta con certificado, o se sube estatutos completos con vigencia?

Debe presentarse copia de la inscripción de la OUA en el CBR o registro público de OUA en la DGA

nosotros somos ASOCIACION INDIGEGA con personalidad juridica de la conadi, podemos participar o no. Si es asi debemos presentar nuestros estatutos y certificado de personalidad jurídica

Pueden presentarse comunidades y asociaciones indígenas inscritas en la CONADI. Las comunidades indígenas deberán presentar certificado de CONADI que acrediten que se encuentran inscritas y vigentes de acuerdo Ley N°19.253 y copia de sus estatutos

La garantia puede ser una garantía electrónica como un certificado de fianza

La garantía por concepto de anticipo puede ser póliza de seguro, boleta bancaria a la vista, vale vista endosable o certificado de fianza de ejecución inmediata por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del anticipo entregado

La organización debe demostrar que posee una sede o lugar comunitario. como se demuestra esto, puede ser un documento de una junta de vecinos si es asi que debe indicar, ya que nosotros realizamos todas nuestras actividades en una junta de vecinos, por favor indicar que documento es y que debe decir

La organización debe demostrar que posee una sede o lugar comunitario donde almacenar y proteger los activos incluidos en el proyecto, distinto a una casa particular. En caso de que no lo posea, la organización debe asegurar que tiene acceso a un lugar resguardado, ya sea a través de un contrato autorizado ante notario de comodato, arriendo u otro. Se declararán no admitidos los proyectos que no acrediten dicho requisito.

en el punto 2.4.1 entindo que el que presente la postulacion on line debe ser por asamblea, es asi aun cuando sea el presidente de la organizacion

Para postular al FOUA no se requiere inscripción en CNR. requiere ingresar a fondos.gob.cl. El miembro del directorio representante del proyecto debe registrarse como persona natural en esta plataforma, establecer la relación con la organización que postula y postular el proyecto.

como puedo inscrobir la orgnizacion en el CNR

Para postular al FOUA no se requiere inscripción en CNR, requiere ingresar a fondos.gob.cl. El miembro del directorio representante del proyecto debe registrarse como persona natural en esta plataforma, establecer la relación con la organización que postula y postular el proyecto.

Estimado esta organización puede postular somos una organizacion campesina indigena acreditada ante indap como usuario campesino ante indap. En las bases no vi esta opción

Pueden postular comunidades y asociaciones indígenas inscritas en la CONADI, comunidades agrícolas y cooperativas de riego y de productores agrícolas usuarias de aguas. La organización que indica puede ser entendida como parte del grupo de organizaciones objetivo de este fondo.
Como requisito para postular, su organización deberá considerar entre sus objetivos la distribución de aguas para riego; o el mantenimiento de infraestructura para riego, entre otras. Esto podrá ser demostrado mediante copia de los estatutos, tenencia de derechos de aprovechamiento de aguas o mediante una declaración jurada del representante legal.

escribo para ver la forma de acceder a la plataforma fondo.gob.cl para postular a este fondo en forma online el link para postular a este fondo concursable QUA para la región de atacama no se encuentra abierto ni para otra región de chile no aparece en la plataforma fondo.gob.cl si para la región de O'Higgins y se encuentra cerrada la postulación.

Concurso está disponible en fondos.gob.cl

Junto con saludar y agradecer la información enviada, tengo una consulta con respecto a los montos máximos por proyectos. El año pasado era $5.000.000, este año ¿cual es el monto por proyecto máximo a solicitar?,¿ el valor considera el IVA?.

Según lo indicado en el punto 2.7, el monto máximo a solicitar es de $6.000.000.
Según lo indicado en el punto 2.3, los gastos de los proyectos presentados deberán ser imputadas al valor neto, es decir, sin IVA, y que solo en el caso de que el beneficiario no sea sujeto de dicho impuesto, se reconocerá el valor bruto del documento tributario como gasto de la iniciativa.

En el caso nuestro somos tres comunidades de aguas subterráneas correspondientes a los SHAC 1, 2 y 3 del acuífero de Copiapó. Tenemos un sistema de administración común, desde hace más de 8 años contamos con sentencia de conformación y desde entonces estamos operativas. Sin embargo el proceso de registro con la DGA aún no finaliza. A pesar de esto, nuestras organizaciones siguen trabajando y desarrollando distintos proyectos, muchos de ellos de la mano de la CNR. Lamentablemente no hemos podido postular a los fondos disponible para el Fortalecimiento de OUAs por no contar con este registro. Es ahí donde surge nuestra inquietud y la necesidad de comentarles sobre esto. Sería muy valioso si se pudiese considerar un nicho especial dentro del concurso para organizaciones en nuestra situación y así poder contar con apoyo de la CNR.

El concurso está dirigido a organizaciones de usuarios de aguas constituidas (inscritas en el Registro de Organizaciones de Usuarios de la DGA y/o en el CBR). De todas maneras se revisarán los criterios para incluir más OUA en la próxima versión del fondo.

Junto con saludar, a propósito de este fondo concursable, nosotros somos una Asociación Indígena Cuenca de Quipisca podemos postular? o solo Comunidades ? y en este caso al postular a este fondo, se pueden postular a otros durante el año? me refiero a los FNDR, etc.

Pueden presentarse comunidades y asociaciones índigenas inscritas en la CONADI.

Junto con saludar, mi consulta es la siguiente, Un Canal no posee sede propia o lugar para guardar las herramientas, y utiliza terreno de Junta de Vecinos, como se acredita tener un lugar físico para este concurso. ¿Que documento es necesario adjuntar a la presentación?

La organización debe demostrar que posee una sede o lugar comunitario donde almacenar y proteger los activos incluidos en el proyecto, distinto a una casa particular. En caso de que no lo posea, la organización debe asegurar que tiene acceso a un lugar resguardado ya sea a través de un contrato autorizado ante notario de comodato, arriendo u otro. Se declararán no admitidos los proyectos que no acrediten dicho requisito.

Pueden postular las siguientes figuras: - Cooperativas Campesinas - Asociaciones Indígenas con derechos de agua Según lo que indican las bases no se podría (solo Cooperativas de riego y no menciona asociaciones), pero prefiero que me confirmes para estar 100% segura y transmitir la información a los interesados.

Pueden postular cooperativas de riego y de productores agrícolas usuarias de aguas, lo que considera a las cooperativas campesinas. Estas deberán considerar entre sus objetivos la distribución de aguas para riego; o el mantenimiento de infraestructura para riego, entre otras. Esto podrá ser demostrado mediante copia de los estatutos, tenencia de derechos de aprovechamiento de aguas o mediante una declaración jurada del representante legal.

Agradeceré informar si el costo máximo del proyecto estipulado en las bases, de $6.000.000 (seis millones de pesos), incorpora el valor de aporte permitido como aporte de la organización (hasta un 20%) o es sumatorio, es decir $6.000.000 + 20% de aporte = $7.200.000.

El monto máximo de financiamiento es de $6.000.000 y en caso de aportes de la organización o terceros, este monto no se considera como parte del costo total del proyecto y no debe ser superior al 20% del costo del proyecto. por lo anterior, el monto máximo de un proyecto es de $7.200.000, no se admitirán a concurso proyectos de mayor costo.

Estimados, es imposible que una organizacion postule, estan en tramite (ingresado) en la DGA la solicitud de Registro de las OUA.

El concurso está dirigido a organizaciones de usuarios de aguas constituidas (inscritas en el Registro de Organizaciones de Usuarios de la DGA y/o en el CBR).

Nos interesaría mucho ver la posibilidad de abordar el problema de las basuras domiciliarias en los canales de riego que afectan a la calidad de las aguas de riego, problema que afecta a la gran mayoría de asociaciones, por no decir que a casi todas. Hasta ahora, sólo hemos podido asociarnos con medios de comunicación para hacer difusión, pero nos interesa saber si es posible presentar alguna propuesta que aborde este problema. Qué acciones podríamos hacer.

Los proyectos deben ser generados por cada organización en función de sus propios problemas o necesidades. Deben enfocase en la adquisición de activos o contratación de asesorías, según lo que indica el punto 1.2.2 de las bases.

En caso de necesitar postular a más de un producto, como por ejemplo una motocicleta, un computador y una motobomba ¿es posible incorporar todos estos requerimientos simultáneamente en la misma postulación? ya que dentro de las bases solo se habla de realizar SOLO una postulación o proyecto por cada organización, pero no logro ubicar dentro de las bases si se limita la cantidad de productos a postular.

Las bases no establecen límites a la cantidad de activos que se pueden incluir en un proyecto. El proyecto a presentar puede corresponder a la adquisición deactivos o contratación de asesorías que resuevan problemas o necesidades de cada organización.

En relación a comunidades de agua unitarias que no están enroladas en la dga pero si son parte de la junta de vigilancia y no cuenta con una directiva y son una comunidad hereditaria en muchos casos con un representante e individual estas pueden postular al este fondo.

El concurso está dirigido a organizaciones de usuarios de aguas constituidas (inscritas en el Registro de Organizaciones de Usuarios de la DGA y/o en el CBR).