Debido a la puesta en marcha de la aplicación de la Ley Nº 19.862, que ordena registrarse a toda persona jurídica receptora de fondos públicos en el Ministerio de Hacienda, desde febrero de 2009, la CNR ha implementando esta medida, solicitando a todos los beneficiarios que están tramitando su orden de pago, que realicen este registro (reteniendo el pago si no se realiza).
Esta Ley entró en vigencia el año 2004 y no se había implementado en materia de la Ley de Riego, pero el año 2008 se recibió la orden de habilitar este registro para todos los beneficiarios que son personas jurídicas y a quienes se les ordena el pago de la bonificación por concepto de la Ley Nº 18.450, de Fomento a la Inversión Privada en Obras de Riego y Drenaje.
Esta inscripción se realiza en la página web
www.registros19862.cl y tiene que ser realizada por una persona de la empresa, quien deberá crear un usuario con su rut y una clave en ese portal. Posteriormente, se ingresa con ese rut y clave y se despliega un menú por el lado izquierdo. En la opción "instituciones", se elige "inscribir institución privada" con los datos de la empresa que se solicitan. Cualquier duda, se puede llamar directamente al Ministerio de Hacienda, tel. 4732000 y solicitar ayuda para "el registro 19862".
Una vez realizada la inscripción, la CNR hace la Resolución Definitiva y orden de pago y posteriormente le hace una “transferencia”, es decir, se registra el pago realizado al beneficiario en dicho portal, para que Hacienda tenga conocimiento, enviándose un reporte de este registro al Secretario Ejecutivo de la CNR y al beneficiario o a quien figure como representante.
Asimismo, la Tesorería General de la República, bajo la misma Ley, solicitará a los beneficiarios, la inscripción en su portal,
www.tesoreria.cl, menú "devoluciones y beneficios" y "registro personas jurídicas", previo a la cancelación material del bono.